BOLETÍN OFICIAL Nº 63 – 05/06/17

Dr. Carlos Marcelo Consentini, Presidente de Tramite en la Vocalia Nº 7 de la Sala II de la Cámara Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy, en el Expte. Nº B-265142/12, caratulado: Incidente  de ejecución de sentencia  en B- 196524/08 Ordinario por cobro de pesos Credimas S.A C/ Soria Pablo Daniel, se hace saber al Sr. Soria Pablo Daniel el siguiente decreto: San Salvador de Jujuy, 26 de Agosto de 2015.- 1): Proveyendo lo solicitado a fs. 29, atento constancias de autos, notifíquese por edicto al Sr. Pablo Daniel Soria, la providencia de fs. 6, imponiéndose al solicitante la obligación de confeccionar las diligencias pertinentes (deber de colaboración, Arts. 50 y 72 del C.P.C.). A lo manifestado a fs. 28, téngase presente. 2): Notifíquese (Art. 155 del C.P.C.). Fdo. Dr. Carlos M. Cosentini- Juez- Ante mi: Dr. Ariel Cueva- Prosecretario- Proveído Fs 6 San Salvador de Jujuy, 9 de Agosto del año 2012.- Por presentado la Dra. Silvana Lucia Di Pasquo, por propio derecho, y en representación de CREDIMAS S.A., a mérito del instrumento que adjunta, y por constituido domicilio legal. II.- Líbrese mandamiento de intimación y pago en contra de Pablo Daniel Soria por la suma de Pesos Cuatro Mil Novecientos Cincuenta y Nueve con 07/100 ($4.959,07) reclamada por planilla de liquidación aprobada, con más la suma de Pesos Ochocientos por acrecidas. Y cítelo de REMATE para que, en el plazo de CINCO DIAS, oponga excepciones legítimas, si las tuviere, bajo apercibimiento de mandar llevar adelante la ejecución. Por el mismo término, intímelo a constituir domicilio legal dentro del radio de Juzgado, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el Art. 52 del C.P.C.- Notifíquese (Art. 154 del C.P.C.) Líbrese mandamiento al Sr. Oficial de Justicia, con las facultades inherentes.- Fdo Carlos M. Cosentini- Presidente de Tramite- Ante mi Dra. Liliana Estela Chorolque.- Hacerse constar que los plazos serán contados a partir del décimo día posterior a la ultima publicación de los edictos respectivos.- A estos fines publíquense edictos en el Boletín Oficial y un Diario local por tres veces en cinco días.- San Salvador de Jujuy, 10 de Junio de 2016.-

 

02/05/07 JUN. LIQ. Nº 10470 $360,00.-