LEY N° 4339

LA H. LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA CON FUERZA DE

 

LEY N° 4339

DESAFECTACION DEL DOMINIO PÚBLICO DE INMUEBLES

DEL ESTADO PROVINCIAL PARA LA TRANSFERENCIA

AL CLUB SPORTIVO LOS PERALES COMERCIO

ARTICULO 1°.- Desaféctase del Dominio Público del Estado Provincial el espacio verde identificado como parcela I, Sección 5, Manzana 6, ubicado en los Perales, Departamento Dr. Manuel Belgrano, con una superficie de 9.666 m2 cuyos límites son los siguientes: Al Norte: calle calandria; Al Sur: calle El Chalchalero; AL Este: calle El Carnaval; Al Oeste: calle El Ceibo.-

ARTICULO 2°.- Desaféctase del Dominio Público del Estado Provincial la calle pública denominada El Chalchalero, en la fracción comprendida entre las calles El Carnaval y El Ceibo, según plano aprobado por Resolución 62 del mes de junio e 1997, de la Dirección General de Inmuebles de la Provincia.

ARTICULO 3°.- Los inmuebles descriptos en los Art. 1º y 2º de esta Ley, pasarán al  dominio privado del Estado Provincial a los efectos de ser transferidos en donación, al Club Sportivo Los Perales Comercio con Personería Jurídica Nº 2154, Institución que actualmente ocupa dichos predios como campo de deportes.-

ARTICULO 4º.- Los inmuebles donados no podrán ser enajenados, ni susceptibles de actos de disposición o afectación quedando comprendidos en el Régimen de Tierras Fiscales (Ley Nº 3169).-

ARTICULO 5°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

SALA DE SESIONES, SAN SALVADOR DE JUJUY, Diciembre 30 de 1987.-

 

LUIS ANTONIO WAYAR

SECRETARIO GENERAL ADMINISTRATIVO

LEGISLATURA DE LA PROVINCIA

A/C GRAL. PARLAMENTARIA

 

HUASCAR EDUARDO ALDERETE

PRESIDENTE

LEGISLATURA DE LA PROVINCIA

Sancionada 30/12/1987

Publicado en BO Nº 52 de fecha 04/05/1988