LEY Nº 4325
LA LEGISLATURA DE JUJUY SANCIONA CON FUERZA DE
LEY Nº 4325
ARTICULO 1º.- Desaféctanse del dominio Público del Estado Provincial, con el objeto de su incorporación a planes oficiales de obras públicas, las superficies que corresponden a peatonales, espacios libres, espacios verdes, ochavas del Plano de Loteo aprobado por Decreto Nº 6043-H-1979, ubicadas en la cuidad de San Pedro de Jujuy, Departamento San Pedro, de esta Provincia, conforme al siguiente detalle:
1.5563,28 m2. de la Peatonal Italia, que comprende el tramo situado entre calle Hungría y Calle Holanda.
2.574,00 m2 que comprende la Peatonal Francia.
550,00 m2 que comprende la Peatonal sin nombre situada entre calle República de Líbano y Peatonal Francia.
721,25 m2 que encierra el Espacio Libre situado entre Calle Hungría, Peatonal Italia , Peatonal Francia y Lote 8 de la Manzana 312.
703,25 m2 que encierra el Espacio Libre situado entre Calle Hungría, Peatonal Italia , Peatonal Francia y Lote 1 de la Manzana 312.
828,75 m2 Lote 1 de la Manzana 312 que consta como Espacio Verde.
828,75 m2 Lote 8 de la Manzana 312 que consta como Espacio Verde.
4,00 m2 Ochava situada en intersección de Calle Holanda y Peatonal Francia.
4,00 m2 Ochava situada en intersección de Calle Hungría y Peatonal Francia.
ARTICULO 2º.- Transfiérense al INSTITUTO DE VIVIENDA Y URBANISMO DE JUJUY las superficies de terreno precedentemente desafectadas del Dominio Publico.
ARTICULO 3º.- Ordénase a la Dirección General de Inmuebles a registrar la transferencia dispuesta en el articulo que antecede, de acuerdo a lo previsto en el articulo 1810º- apartado 2º- del Código Civil
ARTICULO 4º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.-
SALA DE SESIONES, SAN SALVADOR DE JUJUY, 17 de noviembre de 1987.-
LUIS ANTONIO WAYAR
SECRETARIO GENERAL ADMINISTRATIVO
LEGISLATURA DE LA PROVINCIA
A/C SEC. GRAL. PARLAMENTARIA
FERNANDO VENANCIO CABANA
PRESIDENTE
LEGISLATURA DE LA PROVINCIA
Sancionada 17/11/1987
Publicado en BO Nº 2 de fecha 06/01/1988