LEY Nº 3398
SAN SALVADOR DE JUJUY, 17 de mayo de 1977.-
EXPTE. Nº 503-G-1977.-
VISTO Y CONSIDERANDO:
Que es necesario reestructurar la Planta de Personal Permanente, monto del Presupuesto Operativo y de Funcionamiento de distintos Organismos pertenecientes a las jurisdicciones “D” Ministerio de Hacienda, Economía y Obras Públicas Y “E” Ministerio de Bienestar Social,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE
LEY Nº 3398
ARTICULO 1º.- Modifícase la planta de personal permanente de las siguientes Unidades de Organización pertenecientes a la Jurisdicción “D” Ministerio de Hacienda, Economía y Obras Públicas:
- a) U. de O. 3-E – DIRECCIÓN PROVINCIAL DE AGUA POTABLE Y OBRAS DE SANEAMIENTO
Se suprimen: Se crean:
3 cargos Categoría 2 1 cargo Categoría 17
- b) U. de O. 5-C – DIRECCIÓN PROVINCIAL DE IRRIGACIÓN
Se suprime: Se crean:
1 cargo Categoría 21 1 cargo Categoría 22
1 cargo Categoría 16 1 cargo Categoría 19
- c) U. de O. 4-A – DIRECCIÓN PROVINCIAL DE MINERÍA
Se suprime: Se crea:
1 cargo Categoría 20 1 cargo Categoría 21
ARTICULO 2º.- Modifícase la Planta de Personal permanente de las siguientes Unidades de Organización pertenecientes a la Jurisdicción “E” Ministerio de Bienestar Social:
- a) U. de O. 2-A – DIRECCIÓN PROVINCIAL DE SANIDAD
Se suprimen: Se crean:
1 cargo Categoría 22 – 40 hs. 1 cargo Categ. 22 – 44 hs. D.E.
1 cargo Categoría 21 – 40 hs. 1 cargo Categ. 21 – 44 hs. D.E.
2 cargos Categoría 20 – 40 hs. 1 cargo Categ. 21 – 44 hs. D.E.
1 cargo Categoría 13 1 cargo Categoría 20
1 cargo Categoría 16
1 cargo Categoría 9
1 cargo Categoría 2
- b) U. de O. 2-B – DIRECCIÓN PROVINCIAL DE SALUD
Se suprime: Se crean:
1 cargo Categoría 20 – 40 hs. 1 cargo Categ. 20 – 44 hs. D.E.
- c) U. de O. 2-B-1 CENTRO SANITARIO
Se suprimen: Se crean:
1 cargo Categoría 22 – 40 hs. 1 cargo Categ. 22 – 44 hs. D.E.
1 cargo Categoría 20 – 40 hs. 1 cargo Categ. 21 – 40 hs.
1 cargo Categoría 19 1 cargo Categ. 20 – 44 hs. D.E.
- d) U. de O. 2-B-2 – HOSPITAL PABLO SORIA
Se suprime: Se crean:
1 cargo Categoría 22 – 40 hs. 1 cargo Categ. 22 – 44 hs. D.E.
- e) U. de O. 2-B-4 – HOSPITAL SAN ROQUE
Se suprime: Se crea:
1 cargo Categoría 20 – 40 hs. 1 cargo Categ. 20 – 44 hs- D.E.
- f) U. de 2-B-10 – HOSPITAL PRESBÍTERO ESCOLÁSTICO ZEGADA
Se suprimen: Se crea:
3 cargos Categoría 1 1 cargo Categoría 2
- g) U. de O. 2-B-15 – HOSPITAL GENERAL BELGRANO
Se suprime: Se crea:
1 cargo Categoría 20 – 40 hs. 1 cargo Categ. 20 – 44 hs. D.E.
- h) U. de O. 4-B – INSTITUTO PROVINCIAL DE PREVISIÓN SOCIAL
Se suprimen: Se crean:
1 cargo Categoría 21 2 cargos Categoría 22
2 cargos Categoría 20 – 20 hs. 1 cargo Categoría 17
1 cargo Categoría 16 1 cargo Categoría 15
2 cargos Categoría 14 1 cargo Categoría 11
1 cargo Categoría 10 3 cargos Categoría 7
3 cargos Categoría 6 3 cargos Categoría 3
2 cargos Categoría 2
- i) U. de O. 4-C – INSTITUTO DE VIVIENDA Y URBANISMO DE JUJUY
Se suprimen: Se crean:
4 cargos Categoría 20 Pers. Jerárquico
7 cargos Categoría 13 2 cargos Categoría 20 (Vocales)
5 cargos Categoría 1 P. Escalafón
1 cargo Categoría 23
1 cargo Categoría 22
2 cargos Categoría 21
1 cargo Categoría 15
- j) U. de O. 4-A – INSTITUTO DE SEGUROS DE JUJUY
Se asigna el adicional por D.E. a 3 cargos Categoría 20.
ARTICULO 3º.- Increméntase el Presupuesto de Funcionamiento de la U. de O. 4-B Instituto Provincial de Previsión Social de la Jurisdicción “E” Ministerio de Bienestar Social, en la suma de DIECINUEVE MILLONES QUINIENTOS MIL PESOS ($ 19.500.000.-) Distribuidos de la siguiente forma:
Sección 1 EROGACIONES CORRIENTES $ 19.500.000.-
Sector 1 OPERACIÓN $ 19.500.000.-
- PPAL. 1 PERSONAL $ 19.500.000.-
- a) Asignaciones Familiares $ 15.300.000.-
- b) Licencia Pers. Reemplazante 50 %
Servicio Militar y Título $ 3.500.000.-
- c) Servicios Extraordinarios $ 000.-
ARTICULO 4º.- Increméntase el Presupuesto de Funcionamiento de la U. de O. 4-A Instituto de Seguros de Jujuy de la Jurisdicción “E” Ministerio de Bienestar Social, en la suma de SESENTA Y OCHO MILLONES CIENTO OCHENTA MIL DOSCIENTOS CUATRO PESOS ($ 78.180.204.-), distribuida de la siguiente forma:
Sección 1 EROGACIONES CORRIENTES $ 28.180.204.-
Sector 1 OPERACIÓN $ 28.180.204.-
- Ppal. 1 PERSONAL $ 20.180.204.-
Planta permanente $ 20.180.204.-
- Ppal. 2 BIENES Y SERVICIOS NO PERSONALES $ 8.000.000.-
Bienes de Consumo $ 1.750.000.-
Servicios no Personales $ 6.250.000.-
Sección 2 EROGACIONES DE CAPITAL $ 50.000.000.-
Sector 5 INVERSIÓN FÍSICA $ 50.000.000.-
- Ppal. 7 BIENES DE CAPITAL $ 50.000.000.-
Bienes de Capital $ 50.000.000.-
TOTAL : $ 78.180.204.-
ARTICULO 5º.- Fíjase el Presupuesto Operativo de las U. de O. 4-A Instituto de Seguros de Jujuy y 4-B Instituto Provincial de Previsión Social de la Jurisdicción “E” Ministerio de Bienestar Social en la suma de DOS MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y SIETE MILLONES DOSCIENTOS SETENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS SESENTA Y OCHO PESOS ($ 2.687.272.268.-) y QUINIENTOS CUARENTA MILLONES CUATROCIENTOS NOVENTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS VEINTICINCO PESOS ($ 540.496.925.-), respectivamente.
ARTICULO 6º.- La erogación que demande el cumplimiento de los artículos 3º y 4º de la presente Ley será atendida con el rubro Aportes de Presupuestos de Organismos de Previsión Social, el que será incrementado en la suma de NOVENTA Y SIETE MILLONES SEISCIENTOS OCHENTA MIL DOSCIENTOS CUATRO PESOS ($ 97.680.204.-).
ARTICULO 7º.- Las disposiciones de la presente Ley rigen a partir del 1º de enero de 1.977.
ARTICULO 8º.- Comuníquese, publíquese -en forma integral-, dése al Registro y Boletín Oficial, tomen razón Tribunal de Cuentas, Contaduría General, y archívese.-
- MARIO A. LOPEZ IRIARTE
Ministro de Gobierno, Justicia y Educación
FERNANDO V. URDAPILLETA
General de Brigada (RE)
GOBERNADOR
JULIO M. COSTA PAZ
Ministro de Hacienda, Econ. y O. Públicas
RICARDO JOSE ALDAO
Ministro de Coord. y Planeamiento
Sancionada 17/05/1977
Publicado en BO Nº 72 de fecha 24/06/1977