LEY Nº 3397

SAN SALVADOR DE JUJUY, 17 de mayo de 1977.-

EXPTE. Nº 4908-1972.-

VISTO:

Lo solicitado por la señora MARÍA ELSA BUSTAMENTE PÉREZ DE BÁRCENA, en su carácter de propietaria del Lote Rural 48-G, Padrón A-24821, ubicado en Alto Comedero, distrito Los Alisos, departamento Capital, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Ley 2906/72 se declara de utilidad pública al mencionado inmueble destinándoselo a la construcción de un campus para la Universidad Provincial de Jujuy;

Que por decreto Nº 16.292-H-72 se dispone la expropiación y la consiguiente toma de posesión, autorizándose a Fiscalía de Estado a iniciar las acciones expropiatorias correspondientes;

Que transcurridos cuatro años desde la sanción de los instrumentos legales mencionados, no se ha iniciado trámite alguno ya sea administrativo o judicial tendiente a perfeccionar la expropiación, ni existe, siquiera, un proyecto concreto referente al destino del inmueble;

Que de ello deriva un estado de incertidumbre con respecto al dominio y al destino del inmueble ya que el expropiado continúa con el pacífico uso y goce del mismo;

Que dicha situación debe ser regularizada teniendo en cuenta el tiempo transcurrido sin que se haya iniciado trámite expropiatorio alguno;

Por ello, y en ejercicio de las facultades legislativas conferidas por el artículo 1º -apartado 5.2- de la Instrucción Nº 1/76 de la Junta Militar,

 

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE

LEY Nº 3397

 ARTICULO 1º.- Derógase la Ley 2906/72 y el Decreto Nº 16.292-H-72 dictado en consecuencia, y libérase de la declaración de utilidad pública para la expropiación al inmueble rural individualizado como Lote Rural 48-G, Padrón A-24.821, ubicado en Alto Comedero, distrito Los Alisos, departamento Capital.

 

ARTICULO 2º.- Restitúyese el dominio y la posesión del inmueble a la señora MARÍA ELSA BUSTAMANTE PÉREZ DE BÁRCENA a cuyo efecto por intermedio de la Dirección General de Inmuebles realícense las anotaciones correspondientes.

 

ARTICULO 3º.- Comuníquese, publíquese -en forma integral-, dése al Registro y Boletín Oficial, tomen razón Tribunal de Cuentas, Contaduría General, Dirección General de Inmuebles, Fiscalía de estado y archívese.

 

  1. MARIO A. LOPEZ IRIARTE

Ministro de Gobierno, Justicia y

Educación

 

 

FERNANDO V. URDAPILLETA

General de Brigada (RE)

GOBERNADOR

 

JULIO M. COSTA PAZ

Ministro de Hacienda, Econ. y O.

Públicas

 

RICARDO JOSE ALDAO

Ministro de Coord. y Planeamiento

 

 

 

 

 

 

Sancionada 17/05/1977

Publicado en BO Nº 72 de fecha 24/06/1977