LEY Nº 1832

LA H. LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY Nº 1832
ARTICULO 1.- Autorízase al Poder Ejecutivo a transferir a título
gratuito al Gobierno de la Nación, para el Consejo Nacional de
educación, los siguientes terrenos con el destino y fines que en cada
caso se especifica:
a) Terreno ubicado en la propiedad fiscal que comprende Termas
de Reyes, Departamento de La Capital, comprendido entre los
siguientes límites: Al Norte el camino actaul a Termas de
Reyes; al Sur los puntos 84 a 97 de la mensura original de
la propiedad fiscal; al Oeste el filo del carro y al Este
del cruce del camino con la línea 83984 de la mensura
original todo con destino a la construcción de la Escuela
Nº 81;
b) Terreno ubicado en Barrancas, Departamento de Cochinoca,
comprendiendo la manzana en que se encuentra el actual
edificio de la Escuela Nacional Nº 56, correspondiente al
plano de loteo del mismo pueblo, con destino a la
instalación o construcción definitiva de la misma;
c) Terreno ubicado en la Ciudad de Jujuy, con la superficie y
ubicación que se desprende de los siguientes límites: al
Norte la calle Independencia en un frente de 99,05 m.
medidos desde la esquina de Avenida Garibaldi y calle
Independencia hacia el Oeste; al Este la Avenida Garibaldi
en un frente de 71 m.; al Sur calle nueva a abrirse en un
frente de 119,10 m. medidos desde Avenida Garibaldi hacia
el Oeste y al Oeste Línea de 68,11 m., cerrando el
cuadrilátero, el todo con destino a la construcción de la
Escuela Nº 32.
ARTICULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo, etc.-
SALA DE SESIONES, Jujuy, 20 de Diciembre de 1947-
MARCOS R. PAZ JUAN JOSE CASTRO
Secretario Presidente