LEY Nº 1796

LA H. LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA CON FUERZA DE

LEY Nº 1796
ARTICULO 1.- Declárase de utilidad pública y sujeta a expropiación el
siguiente inmueble ubicado en San Pedro de Jujuy, para Estadio o
Parque Infantil, el terreno que en la actualidad ocupa el Matadero
Municipal, comprendido entre las calles, Rogelio Leach y Mitre y
Serapio Soria, hasta el arroyo.
ARTICULO 2.- Los gastos que demande la presente Ley, se imputará al
Art. 6º Inc. h, de la Ley Nº 1707.
ARTICULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo, etc.-
SALA DE SESIONES, Jujuy, 28 de Agosto de 1947.-
Secretario Presidente