LEY Nº 1768
LA H. LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY Nº 1768
ARTICULO 1.- Autorízase al Poder Ejecutivo, para conceder a favor de
la Municipalidad de El Carmen un subsidio de CINCO MIL PESOS MONEDA
NACIONAL ($5.000.- m/n.) destinados a cubrir las diferencias
existentes en los sueldos y salarios del personal que presta servicio
en la mencionada Comuna cuya diferencia es motivada en su presupuesto
por la implantación del salario mínimo establecido por Leyes Nº 1699 y
1695.
ARTICULO 2.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente se
imputará a la Ley Nº 12.774.
ARTICULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo , etc.
SALA DE SESIONES, Jujuy, 30 de Julio de 1947.-
MARCOS R. PAZ
Secretario
JUAN JOSE CASTRO
Presidente