BOLETÍN OFICIAL Nº 41 – 14/04/14
EXPTE. Nº 500-289/13.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 25 MAR. 2014.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Apruébase el Acta de Conciliación de créditos y deudas, de fecha 18/12/13, suscripta entre la empresa Agua de los Andes S.A. y el Ministerio de Hacienda y los Anexos I, II, II, III, IV y V que integran la misma.
ARTÍCULO 2º.– Apruébase la compensación, conforme a lo establecido en el artículo 90º de la Ley Nº 4958, de las Deudas hasta su concurrencia con las Acreencias recíprocas del Estado Provincial y Agua de los Andes S.A. conforme al siguiente detalle:
- ACREENCIAS: ESTADO PROVINCIAL
Deudas por Obras IVUJ $ 10.180.254,38
Deuda Canon por Usufructo $ 16.755.401,71
- DEUDAS:
AGUA DE LOS ANDES S.A.
Prestación de agua y servicios sanitarios $ 26.935.656,09
TOTAL $ 26.935.656,09 $ 26.935.656,09
ARTICULO 3º.– Por Contaduría de la Provincia regístrese la compensación que se dispone, en los estados contables a su cargo reflejando los resultados derivados de la misma.
ARTICULO 4º.– Por Tesorería de la Provincia dése por canceladas las Órdenes de Pago emitidas oportunamente hasta los importes compensados.
ARTICULO 5º.– El presente Decreto será refrendado por los Ministros de Hacienda y de Infraestructura, Planificación y Servicios Públicos.
EDUARDO ALFREDO FELLNER
GOBERNADOR