Ley Nº 1741

LA H. LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA CON FUERZA DE:
Ley Nº 1741
ARTICULO 1.- Autorizase al Poder Ejecutivo a ceder, a favor de la
administración General de Vialidad Nacional, con carácter gratuito y
con destino a la construcción del camino de Tumbaya a cieneguillas, un
terreno de propiedad fiscal ubicado en el pueblo de Tumbaya, del
Departamento del mismo nombre, con una superficie total de 1.122.27
mts2. Dentro de los siguientes limites: al norte en una extensión de
44.50 mts. Con propiedad de Don Esperidión Amante, al sur, en una
extensión de 34.50 mts. Con propiedad de León Álvarez prado y Joaquina
Álvarez Prado de Sánchez de Bustamante, al Este, en una extensión de
36.30 metros con terrenos fiscal y propiedad de los herederos de don
Paulino Aramayo.
ARTICULO 2.- Comuníquese al Poder ejecutivo, etc.
Sala de sesiones Jujuy, enero 16 de 1947.
Marcos R. Paz Fernando Arnedo
Secretario Vicepresidente