BOLETÍN OFICIAL Nº 43 – 21/04/14

Icon_PDF_6DECRETO Nº 4455-E.-

EXPTE. Nº 1056-10787/08 y Agdos. Nº 1056-4354/09; Nº 1056-76/06; Nº 1056-20.200/05; Nº 1056-74/06 y Nº 1056-20.201/05.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 30 DIC. 2013.-

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1º.- Aplícase la sanción de CESANTIA, al Agente Sr. WALTER ENRIQUE BATALLANOS, D.N.I. Nº 16.756.373, Maestro de Enseñanza Práctica, titular, turnos mañana y tarde, de la Escuela de Educación Técnica Nº 1 “Escolástico Zegada”, la que debe hacerse efectiva en todas las instituciones educativas de la Administración Pública en que se desempeñe, por haber transgredido las disposiciones del Artículo 66º Inciso g), Artículo 68º Incisos a) y b) y Artículo 84º Inciso a) de la Ley Nº 3520/78, en concordancia con el Artículo 100º Incisos 1), 2), 21) y 23) de la Ley Nº 3161/74 y Artículo 168º Inciso 5) y 173º Incisos 2) y 7) de la Ley Nº 3161/74, a partir de la fecha de notificación del presente decreto.

ARTICULO 2º.- Por Jefatura de Despacho del Ministerio de Educación, se notificará al Sr. Walter Enrique Batallanos, de lo dispuesto por el presente Decreto.-

 

EDUARDO ALFREDO FELLNER

GOBERNADOR