LEY Nº 1715
LA H. LEGISLATURA DE LA PROVINCIA, SANCIONA CON FUERZA DE
LEY Nº 1715
ARTICULO 1º- Apruébese el convenio celebrado por el Poder Ejecutivo de
la Provincia y la Dirección Nacional de la Energía, transfiriendo a
esta última, la Usina Eléctrica de la Ciudad de Jujuy.
ARTICULO 2º- Comuníquese al Poder Ejecutivo, etc.-
SALA DE SESIONES, Jujuy, 23 de Diciembre de 1946.-
MARCOS R. PAZ
Secretario
JUAN JOSE CASTRO
Presidente