BOLETÍN OFICIAL Nº 123 – 02/11/16

CONCEJO DEIBERANTE DE LA CIUDAD DE PERICO

“2016 año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia”

ORDENANZA Nº 1143/2.016

Ref. “Adquisición de dosis de vacuna contra la gripe A para el personal del Concejo Deliberante, Municipalidad de Perico y otros.” Expte. Nº 8312/016. Inc. Cjales. Sara Tarifa, Miguel Chein, Yolanda Carattoni, Walter Cardozo y Mireya Sosa.

VISTO:

La situación en la que se encuentran los empleados del CONCEJO DELIBERANTE Y DE LA MUNICIPALIDAD DE PERICO ya que encuadran en POBLACION CON FACTORES DE RIESGO respecto de la enfermedad denominada Gripe Influenza A H1N1.

CONSIDERANDO:

Que resulta necesario adoptar medidas similares e inminentes a fin de prevenir y mitigar el contagio de la enfermedad,

Que el virus en cuestión es altamente contagioso y por ende de rápida propagación, cuyos efectos sobre la salud de las personas pueden llevar al fallecimiento si no se adoptan las medidas sanitarias en tiempo oportuno.

Que, la vacuna constituye una herramienta dentro de un programa integral de dar respuesta frente a la Gripe Influenza A H1N1,

Que la vacunación oportuna, es la herramienta de mayor eficacia e impacto para disminuir las complicaciones y muertes ocasionadas por este virus.

Que este año se incluyen en las vacunas 3 cepas: Influenza A H3N2, Influenza B y la cepa A H1N1, por la que se denominan vacunas trivalentes

Que es importante saber que 2 de las 3 cepas incluidas en la vacuna del año 2016 son diferentes a la del año 2015 Influenza A H3N2 e Influenza B.

Que se debe garantizar el inicio de una campaña de vacunación oportuna antes que comience la etapa de circulación más intensa del virus H1N1.

Que si bien las medidas no farmacológicas de prevención de la infección como el distanciamiento  social, utilización de pañuelos descartables, lavado de manos frecuentemente con agua y jabón, o usar alcohol en gel; cubrirse la boca al toser o estornudar, o hacerlo sobre el pliegue del codo; ventilar los ambientes y no fumar. etc. pueden resultar efectivas.

Que, se deben considerar según recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS), los riesgos que corren el personal de la salud, los chicos entre 6 meses y 5 años, las embarazadas en cualquier mes de gestación, POBLACION CON FACTORES DE RIESGOS y la población en general mayor de 65 años.

Que las normas de salubridad del CONCEJO DELIBERANTE son precarias, insuficientes y deficientes en extremos por lo que los empleados encuadran en POBLACION CON FACTORES DE RIESGO, similares características presentan algunas Áreas de la Municipalidad de Perico.

Que, por todo ello y en cumplimiento de las facultades establecidas por la Carta Orgánica municipal,

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE CIUDAD PERICO

SANCIONA LA SIGUIENTE ORDENANZA

ARTICULO 1º: Autorizar en carácter urgente, al DEPARTAMENTO EJECUTIVO que instruya a las áreas correspondientes para que envíen las dosis de vacunas Influenza A H3N2, Influenza B y la cepa A H1N1, para el personal del CONCEJO DELIBERANTE Y DE LA MUNICIPALIDAD DE PERICO, sin perjuicio de ello el Departamento Ejecutivo deberá arbitrar los medios necesario para que se haga extensiva la obtención de la dosis para el resto de la población.

ARTICULO 2º: Los gastos que demanden la aplicación de la presente, serán de los recursos Ordinarios y Extraordinarios del Tesoro Municipal

ARTICULO 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo para su cumplimiento, Dese Difusión. Cumplido. ARCHIVESE.

SALA DE SESIONES, 02 DE JUNIO DE 2016.-

 

Walter R. Cardozo

Presidente

02 NOV. S/C.-