BOLETÍN OFICIAL Nº 47 – 30/04/14

Icon_PDF_6EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE MONTERRICO

ORDENANZA N° 168/2008.-

MONTERRICO, 31 ENE. 2008.-

VISTO:

Los artículos 190 y 192 de la Constitución de la Provincia de Jujuy y las facultades conferidas por la Ley N° 4466 (Ley Orgánica de Municipios de la Provincia de Jujuy), y;

CONSIDERANDO:

Que, es condición fundamental para el buen funcionamiento del Estado Municipal el contar con los recursos financieros suficientes para el ejercicio de sus funciones.

Que, en tal sentido, la organización financiera del Municipio tiene por finalidad esencial el bienestar general de todos sus habitantes.

Que, todo instrumento fiscal y tributario debe estructurarse sobre la base de su función económico-social y de los principios de igualdad y proporcionalidad.

Que, debe propenderse a la autonomía financiera del Municipio a fin de que el mismo cumpla con sus obligaciones sin restricción presupuestaria alguna.

Que, a tal efecto debe elaborarse un Código Fiscal que tenga en cuenta la particular realidad del Municipio, como así también de todos sus ciudadanos y de las actividades que en aquel se realicen.

POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE MONTERRICO

ORDENA:

ARTÍCULO 1°: Apruébase el Código Fiscal, obrante en el Anexo I, que a todos los efectos, forma parte de la presente Ordenanza.-

 

Dra. Amalia Verónica Monaldi

Presidente

30 ABR. LIQ. Nº 116479 $ 35,00.-