LEY Nº 1609

LA H. LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY Nº 1609
ARTICULO 1.- Rectifícase la Ley Nº 1582 en la parte que se refiere a
las medidas del terreno a cederse al Aero Club Jujuy, ubicado en el
campo del “Alto Comedero”, con destino a la construcción del edificio
social del mismo, medidas que se fijan en ochenta y tres metros con
setenta y cinco centímetros (83,75 mts.) de largo y sesenta y ocho
metros con veinte y tres centímetros (68,23 mts.) de ancho.
ARTICULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo, etc.-
SALA DE SESIONES, Jujuy, 13 de Mayo de 1943.-
FRANCISCO A. AUBONE CARLOS BARCENA
secretario Vicepresidente 1