LEY Nº 1596

LA H. LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY Nº 1596
ARTICULO 1.- Autorízase al Poder Ejecutivo a abonar al Escultor Don
José René Cardozo, la suma de Cinco Mil Pesos Moneda Nacional
($5.000.- m/n.), en concepto de honorarios por la ejecución del busto
del General Juan G. Lavalle y que le fuera encargado por la Comisión
de Homenaje en ocasión del Centenario de su muerte.
ARTICULO 2.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente Ley
se imputará al “Superávit del Ejercicio Económico de 1941”.
ARTICULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo, etc.-
SALA DE SESIONES, Jujuy, 18 de Diciembre de 1942.-
FRANCISCO A. AUBONE CARLOS BARCENA
Secretario Vicepresidente 1º