LEY Nº 1465
LA H. LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY Nº 1465
ARTICULO 1.- Acuérdase al Hospital Belgrano de Humahuaca, un subsidio
especial de CINCO MIL PESOS MONEDA NACIONAL ($5.000 m/n.) con destino
a pagar su deuda atrasada, al 31 de Diciembre de 1938.
ARTICULO 2.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente se
imputará al producido de la Ley N° 1412.
ARTICULO 3.- Comuníquese, etc.-
SALA DE SESIONES, Jujuy, Agosto 22 de 1.939.-
R. ARISMENDI L. M. OLIVER
Secretario Presidente