LEY Nº 1454
LA H. LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY Nº 1454
ARTICULO 1.- Autorízase al Poder Ejecutivo de la Provincia a entregar
a la Municipalidad de la Quiaca la suma de DOS MIL QUINIENTOS PESOS
MONEDA NACIONAL ($2.500.- m/n.) para los fines siguientes:
a) Para terminación de los trabajos que se ejecutan en la
reparación del cementerio del pueblo de la Quiaca…..$ 1.500,00
b) Para la adquisición é instalación de un gimnasio……$ 1.000,00
Total……$ 2.500,00
ARTICULO 2.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente Ley
se imputará a la Ley N° 1412 de Regalía Minera.
ARTICULO 3.- Comuníquese, etc.-
SALA DE SESIONES, Jujuy Julio 25 de 1.939.-
R. ARISMENDI L. M. OLIVER
Secretario Presidente