LEY Nº 1439

LA H. LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY Nº 1439
ARTICULO 1.- Autorízase al Poder Ejecutivo a efectuar las siguientes
inversiones con destino que se expresa a continuación:
a) En la adquisición e instalación de una bomba para extraer agua
de la perforación efectuada en el Aeródromo de Alto
Comedero………………………………………..$ 1.900.-
b) En la adquisición de un teodolito marca Wild para el
Departamento de Obras Públicas…………………….$ 1.550.-
c) En la adquisición de un plano para le Escuela Provincia “Juanita
Stevens”………………………………………..$ 500.-
d) Contribución para la instalación y sostenimiento de un Museo
Regional en el Colegio Nacional “Teodoro Sánchez de
Bustamante”……………………………………..$ 500.-
ARTICULO 2.- La de CUATRO MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA PESOS MONEDA
NACIONAL ($4.450.- m/n.) que importe el cumplimiento de la presente
Ley, se imputará al producido de “Regalía Minera” Ley N° 1412.
ARTICULO 3.- Comuníquese, etc.-
SALA DE SESIONES, Jujuy Junio 4 de 1.939.-
R. ARISMENDI L. M. OLIVER
Secretario Presidente