BOLETÍN OFICIAL Nº 53 – 16/05/14

Icon_PDF_6DECRETO Nº 4166-S.-

EXPTE. Nº 716-350/09.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 09 DIC. 2013.-

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1º.- Reconócese al Dr. Pablo Daniel Tolaba, CUIL 20-20216632-7, categoría A-30 hrs., agrupamiento profesional, Ley Nº 4418, de la U. de O.: R2-02-04 Hospital “San Roque”, la función de Jefe del Centro de Salud “Belgrano”, cumplida en el período comprendido entre el 1º de enero de 2004 y el 1º de setiembre de 2008.-

ARTICULO 2º.- Asignase a favor de la Dra. Claudia Victoria Lipari, CUIL 27-20455162-1, cargo categoría A-30, agrupamiento profesional, Ley Nº 4418, de la U. de O.: R2-02-04 Hospital “San Roque”, la función de Jefa del Centro de Salud “Belgrano” y consecuentemente reconócese el pago del adicional por función jerárquica (20%), por el periodo comprendido entre el 1º de setiembre de 2008 y el 31 de diciembre de 2010, y reconócese el pago del adicional por función jerárquica (40%), con retroactividad al 1º de enero de 2011 y hasta la aprobación de la estructura orgánica-funcional del Hospital en el cual cumple servicios y la conclusión del tramite de designación-previo concurso-en dicha mayor función, de conformidad a lo normado en la ley Nº 5682 y Decreto-Acuerdo Nº 9573, que no podrá exceder el mes de julio del año 2.014.-

ARTICULO 3º.El reconocimiento y asignación en la función jerárquica dispuesta en el articulo precedente, reviste carácter excepcional y transitoria, que caducara inmediatamente en la fecha indicada, prohibiéndose el reconocimiento y pago de esa mayor función en contravención a los términos de la Ley Nº 5682 y Decreto-Acuerdo Nº 9573.-

ARTICULO 4º.Instruyese a la Secretaria de Planificación en Políticas y Regulación Sanitaria, para que diligencie los trámites administrativos de aprobación de las estructuras orgánica-funcional conducentes al cumplimiento de lo determinado por el articulo 2º, debiendo elevar-previo visado por la Dirección Provincial de Personal y Presupuesto-, el proyecto definitivo a la Jefatura de Gabinete de Ministros, hasta el 20 de diciembre del año 2013. Asimismo asignase a dicha Secretaria la función de auditar y verificar el cumplimiento efectivo de la función jerárquica por la profesional asignada por el presente, debiendo elevar los informes respectivos al Ministro de Salud, a fin de llevar a cabo los procedimientos pertinentes.-

ARTICULO 5º.A los efectos de la liquidación y pago retroactivo del incremento del “Adicional por Función Jerárquica”, deberán computarse los importes ya percibidos por la profesional, debiendo el área de personal respectiva comunicar inmediatamente tal situación a Contaduría de la Provincia.-

 

EDUARDO ALFREDO FELLNER

GOBERNADOR