LEY N° 4238
LA H. LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY N° 4238
DE EXPROPIACIÓN DE UN INMUEBLE EN ABRA PAMPA CON DESTINO
A LA AMPLIACION DE HOSPITAL O A LOS FINES PUBLICOS QUE SE
LE ASIGNEN
ARTICULO 1°.- Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación el inmueble individualizado como Lote N° 76 de la Manzana 7, Padrón K-87, ubicado en Abra Pampa (Dpto. Cochinoca), con dominio inscripto en el Libro 4 de Cochinoca, Folio 189, Asiento 155, a nombre de Francisca Saravia de José y Angélica Saravia de Rocha, o de quienes resulten ser sus legítimos propietarios.-
ARTICULO 2°.- El inmueble individualizado en el artículo anterior será destinado a la ampliación del Hospital Nuestra Señora del Rosario, de la ciudad de Abra Pampa, o a los fines públicos o comunitarios que se le asignen.-
ARTICULO 3°.- Los gastos que demande la presente Ley se atenderán con rentas generales, imputándose a las partidas que para expropiaciones prevea el Presupuesto en vigencia.-
ARTICULO 4°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.-
SALA DE SESIONES, SAN SALVADOR DE JUJUY, 26 de agosto de 1986.-
Prof. WALTER FRANCISCO VERA
SECRETARIO GENERAL PARLAMENTARIO
- LEGISLATURA DE LA PCIA.
RAUL MARQUEZ
DIPUTADO
VICE-PRESIDENTE 1°
- LEGISLATURA DE LA PCIA.
Sancionada 26/08/1986
Publicado en BO Nº 118 de fecha 13/10/1986