LEY N° 4238

LA H. LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA CON FUERZA DE

 

LEY N° 4238

DE EXPROPIACIÓN DE UN INMUEBLE EN ABRA PAMPA CON DESTINO

A LA AMPLIACION DE HOSPITAL O A LOS FINES PUBLICOS QUE SE

LE ASIGNEN

ARTICULO 1°.- Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación el inmueble individualizado como Lote N° 76 de la Manzana 7, Padrón K-87, ubicado en Abra Pampa (Dpto. Cochinoca), con dominio inscripto en el Libro 4 de Cochinoca, Folio 189, Asiento 155, a nombre de Francisca Saravia de José y Angélica Saravia de Rocha, o de quienes resulten ser sus legítimos propietarios.-

ARTICULO 2°.- El inmueble individualizado en el artículo anterior será destinado a la ampliación del Hospital Nuestra Señora del Rosario, de la ciudad de Abra Pampa, o a los fines públicos o comunitarios que se le asignen.-

ARTICULO 3°.- Los gastos que demande la presente Ley se atenderán con rentas generales, imputándose a las partidas que para expropiaciones prevea el Presupuesto en vigencia.-

ARTICULO 4°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.-

 

SALA DE SESIONES, SAN SALVADOR DE JUJUY, 26 de agosto de 1986.-

 

Prof. WALTER FRANCISCO VERA

SECRETARIO GENERAL PARLAMENTARIO

  1. LEGISLATURA DE LA PCIA.

RAUL MARQUEZ

DIPUTADO

VICE-PRESIDENTE 1°

  1. LEGISLATURA DE LA PCIA.

Sancionada 26/08/1986

Publicado en BO Nº 118 de fecha 13/10/1986