LEY Nº 4221

LA H. LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA CON FUERZA DE

 

LEY Nº 4221

APROBACION DEL CONVENIO SUSCRIPTO ENTRE LA PROVINCIA

Y LA DIRECCION GENERAL DE FABRICACIONES MILITARES

ARTICULO 1º.- Apruébase el Convenio celebrado con fecha 12 de marzo del año en curso, entre la Dirección General de Fabricaciones Militares y el Gobierno de la Provincia de Jujuy, por el que se acuerda la provisión, por parte de la Provincia, de minerales provenientes de la regalía minera mediante el pago, a cargo de la citada Dirección, con productos de su fabricación.-

ARTICULO 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.-

SALA DE SESIONES, SAN SALVADOR DE JUJUY, 22 de abril de 1986.-

 

Prof. WALTER FRANCISCO VERA

Secretario General Parlamentario

  1. Legislatura de la Pcia.

 

FERNANDO VENANCIO CABANA

Presidente

  1. Legislatura de la Provincia.

 

 

Sancionada 22/04/1986

Publicado en BO Nº 61 de fecha 28/05/1986