LEY Nº 4221
LA H. LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY Nº 4221
APROBACION DEL CONVENIO SUSCRIPTO ENTRE LA PROVINCIA
Y LA DIRECCION GENERAL DE FABRICACIONES MILITARES
ARTICULO 1º.- Apruébase el Convenio celebrado con fecha 12 de marzo del año en curso, entre la Dirección General de Fabricaciones Militares y el Gobierno de la Provincia de Jujuy, por el que se acuerda la provisión, por parte de la Provincia, de minerales provenientes de la regalía minera mediante el pago, a cargo de la citada Dirección, con productos de su fabricación.-
ARTICULO 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.-
SALA DE SESIONES, SAN SALVADOR DE JUJUY, 22 de abril de 1986.-
Prof. WALTER FRANCISCO VERA
Secretario General Parlamentario
- Legislatura de la Pcia.
FERNANDO VENANCIO CABANA
Presidente
- Legislatura de la Provincia.
Sancionada 22/04/1986
Publicado en BO Nº 61 de fecha 28/05/1986