LEY Nº 4217

LA H. LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA CON FUERZA DE

 

LEY Nº 4217

DEROGATORIA DE DONACION A LA FUERZA EJERCITO ARGENTINO

ARTICULO 1º.- Derógase el decreto Ley Nº 3692/80 (ratificada por el Artículo 1º inciso “n” de la Ley 4133), por el cual se donó a la Fuerza Ejercito Argentino la cantidad de 40.000 Has. a disgregarse del Lote Fiscal Nº 2 del Departamento de Susques, todo en virtud de que la donación en cuestión no fue aceptada por el Estado Mayor del Ejercito por razones de índole presupuestaria.

ARTICULO 2º.- El Poder Ejecutivo Provincial deberá arbitrar los medios conducentes para reasumir plenamente el dominio y control del predio individualizado en el artículo anterior.

ARTICULO 3º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.-

 

SALA DE SESIONES, SAN SALVADOR DE JUJUY, 17 de abril de 1986.-

 

Prof. WALTER FRANCISCO VERA

Secretario General Parlamentario

  1. Legislatura de la Pcia.

 

FERNANDO VENANCIO CABANA

Presidente

  1. Legislatura de la Provincia.

 

 

Sancionada 17/04/1986

Publicado en BO Nº 55 de fecha 14/05/1986

Derógase el decreto Ley Nº 3692/80 (ratificada por el Artículo 1º inciso “n” de la Ley 4133)