LEY Nº 4217
LA H. LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY Nº 4217
DEROGATORIA DE DONACION A LA FUERZA EJERCITO ARGENTINO
ARTICULO 1º.- Derógase el decreto Ley Nº 3692/80 (ratificada por el Artículo 1º inciso “n” de la Ley 4133), por el cual se donó a la Fuerza Ejercito Argentino la cantidad de 40.000 Has. a disgregarse del Lote Fiscal Nº 2 del Departamento de Susques, todo en virtud de que la donación en cuestión no fue aceptada por el Estado Mayor del Ejercito por razones de índole presupuestaria.
ARTICULO 2º.- El Poder Ejecutivo Provincial deberá arbitrar los medios conducentes para reasumir plenamente el dominio y control del predio individualizado en el artículo anterior.
ARTICULO 3º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.-
SALA DE SESIONES, SAN SALVADOR DE JUJUY, 17 de abril de 1986.-
Prof. WALTER FRANCISCO VERA
Secretario General Parlamentario
- Legislatura de la Pcia.
FERNANDO VENANCIO CABANA
Presidente
- Legislatura de la Provincia.
Sancionada 17/04/1986
Publicado en BO Nº 55 de fecha 14/05/1986
Derógase el decreto Ley Nº 3692/80 (ratificada por el Artículo 1º inciso “n” de la Ley 4133)