LEY Nº 4195
LA H. LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY Nº 4195
DE DESAFECTACION DE UN INMUEBLE DEL DOMINIO
PUBLICO DEL ESTADO
ARTICULO 1º.- Desaféctase del Dominio Público del Estado Provincial el Lote Nº 8 de la Manzana Nº 13, reservado para espacio verde, cuya superficie es de mil novecientos cinco metros cuadrados con ciento cincuenta y un decímetros cuadrados (1905,51 mts. 2), todo según Plano de Loteo aprobado por Decreto Nº 3441-H-1977.-
ARTICULO 2º.- La desafectación a que alude al artículo anterior es con el cargo de fraccionar y adjudicar el Lote ya individualizado a aquellas personas o grupos familiares que reuniendo los requisitos que exige el “Régimen de Tierras Fiscales” – Ley Nº3169 – hayan sido seriamente afectadas por las inundaciones producidas en el verano de 1984 a 1985 .-
ARTICULO 3º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.-
SALA DE SESIONES, SAN SALVADOR DE JUJUY, 19 de noviembre de 1985.-
LUIS ANTONIO WAYAR
SECRETARIO GRAL. ADMINISTRATIVO
- Legislatura de la Pcia.
A/C SEC. GENERAL PARLAMENTARIA
FERNANDO VENANCIO CABANA
Presidente
- Legislatura de la Pcia.
Sancionada 19/11/1985
Publicado en BO Nº 121 de fecha 18/10/1989