LEY Nº 4195

LA H. LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA CON FUERZA DE

 

LEY Nº 4195

DE DESAFECTACION DE UN INMUEBLE DEL DOMINIO

PUBLICO DEL ESTADO

 ARTICULO 1º.- Desaféctase del Dominio Público del Estado Provincial el Lote Nº 8 de la Manzana Nº 13, reservado para espacio verde, cuya superficie es de mil novecientos cinco metros cuadrados con ciento cincuenta y un decímetros cuadrados (1905,51 mts. 2), todo según Plano de Loteo aprobado por Decreto Nº 3441-H-1977.-

ARTICULO 2º.- La desafectación a que alude al artículo anterior es con el cargo de fraccionar y adjudicar el Lote ya individualizado a aquellas personas o grupos familiares que reuniendo los requisitos que exige el “Régimen de Tierras Fiscales” – Ley Nº3169 – hayan sido seriamente afectadas por las inundaciones producidas en el verano de 1984 a 1985 .-

ARTICULO 3º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.-

 

SALA DE SESIONES, SAN SALVADOR DE JUJUY, 19 de noviembre de 1985.-

 

LUIS ANTONIO WAYAR

SECRETARIO GRAL. ADMINISTRATIVO

  1. Legislatura de la Pcia.

A/C SEC. GENERAL PARLAMENTARIA

 

FERNANDO VENANCIO CABANA

Presidente

  1. Legislatura de la Pcia.

 

 

Sancionada 19/11/1985

Publicado en BO Nº 121 de fecha 18/10/1989