LEY N° 4191

LA LEGISLATURA DE JUJUY SANCIONA CON FUERZA DE

 

LEY N° 4191

DE AUTORIZACIÓN PARA PARTICIPAR DEL CONTRATO DE

 PRESTAMO N° 2296-AR-BIRF

 ARTICULO 1°.- Autorízase al PODER EJECUTIVO a participar del Contrato de Préstamo N° 2296-AR (V Proyecto Sectorial de Carretera) suscripto entre el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (B.I.R.F.)y el Gobierno Nacional, quedando así debidamente ratificados los convenios firmados entre Gobierno de la Provincia y la Dirección Nacional de Vialidad, de fecha 26 de Febrero de 1985 y 06 de Septiembre de 1985.-

ARTICULO 2°.- Facúltase al PODER EJECUTIVO a comprometer, en garantía del cumplimiento en término de las obligaciones de la Provincia, los Fondos de Coparticipación Vial Federal de ejercicios futuros, de manera tal que si la Provincia no abona puntualmente sus compromisos, éstos sean afrontados por la Dirección Nacional de Vialidad, con cargo al Fondo de Coparticipación Vial Federal.-

ARTICULO 3°.- En las licitaciones a realizar, para la adjudicación y contratación de las obras, podrán participar todas aquellas empresas debidamente inscriptas en el Registro Permanente de Licitadores de Obras Públicas Provincial, como así también aquellas empresas que se encuentren inscriptas en el orden nacional e internacional (países miembros del B.I.R.F.).-

ARTICULO 3°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.-

 

SALA DE SESIONES, SAN SALVADOR DE JUJUY, 19 de noviembre de 1985.-

LUIS ANTONIO WAYAR

SECRETARIO GRAL. ADMINISTRATIVO

  1. Legislatura de la Pcia.

 

A/C SEC. GENERAL PARLAMENTARIA

FERNANDO VENANCIO CABANA

Presidente

  1. Legislatura de la Pcia.

Sancionada 19/11/1985

Publicado en BO Nº 121 de fecha 18/10/1989