BOLETÍN OFICIAL Nº 61 – 31/05/17

Dra. Iris Adriana Castro Presidente de Trámite de la Cámara Civil y Comercial, Sala I Vocalía nº 2 a cargo de la Dra. Mariana del V. Drazer, en el Expte. B-213493/2009 caratulado: PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE INMUEBLES: CANCIANI LUIS ANGEL c/ESTRUCURA METALCIAS SOCIEDAD ANONIMA; MATERMER SOCIEDAD ANONIMA INDUSTRIAL Y COMERCIAL; FRANCO ALBERTO SALOMON y contra quienes se consideran con derecho sobre el inmueble a ususcapir, hace saber a quienes se consideran con derecho sobre el inmueble a usucapir individualizado como Matrícula B-472 Padrón B-8713 Circunscripción 2 Sección 1  Manzana 75 Parcela 2 ubicado en la localidad de Perico departamento El Carmen, Provincia de Jujuy, se ha dictado la siguiente Providencia: “SAN SALVADOR DE JUJUY, 29 de Diciembre de 2016. Por Secretaría agréguese en la carátula “Y CONTRA QUIENES SE CONSIDEREN CON DERECHO SOBRE EL INMUEBLE A USUCAPIR”, comunicándose a Mesa General de Entradas a sus efectos. Atento el informe actuarial que antecede, de la demanda ordinaria por prescripción adquisitiva de dominio interpuesta, córrase traslado a “todos que se consideren con derecho sobre el inmueble a usucapir” mediante edictos, para que la contesten dentro del plazo de QUINCE DIAS hábiles, bajo apercibimiento de darles por decaído el derecho a hacerlo si así no lo hicieren (Art. 298 del C.P. Civil, Art. 531º del C.P. Civil – Conf. modificación Ley 5486). Cítese para que comparezcan dentro de los quince (15) días de ser notificados en sus domicilios, si se conocieren, a fin de que tomen conocimiento del juicio y, si consideraren afectados sus derechos, pidan participación como demandados al ESTADO PROVINCIAL, a LA MUNICIPALIDAD O COMISION MUNICIPAL DE CIUDAD PERICO, a la SRA. REYNA IRMA CRUZ (fs. 77) y, a los colindantes SRES. ANSELMO FELIX ESTRADA, HECTOR LENZ, ZACARIAS YUCRA CLEMENTE. Su incomparecencia hará presumir que la demanda no afecta sus derechos y no serán declarados rebeldes. Publíquense Edictos por tres veces, dentro de un período de cinco días, en el Boletín Oficial y un diario local. Además deberán exhibirse los edictos en la Comisión Municipal de ciudad Perico. Trasmitir mediante radiodifusión local durante TREINTA DIAS, debiendo acreditarse con la certificación respectiva (conf. Art. 535º del C.P.Civil –modif. Ley 5486). Intímeselos en igual término para que constituyan domicilio legal dentro del radio asiento de este Tribunal, bajo apercibimiento de notificarles en lo sucesivo por Ministerio de ley. Hágase saber al letrado solicitante que deberá confeccionar las diligencias y presentarlas para control y firma conforme lo previsto en el art. 72 del C.P.C. Notificaciones en Secretaría: Martes y jueves o el siguiente día hábil si alguno de ellos fuere feriado. Notifíquese por cédula. Fdo: Dra. Iris Adriana Castro -Vocal- ante mí Dra. Mariana del V. Drazer-Secretaria n.p. PUBLIQUESE en el Boletín Oficial y en un Diario local, TRES VECES en el término de CINCO DIAS. SAN SALVADOR DE JUJUY, 11 de Abril de 2017.-

 

26/29/31 MAY. LIQ. Nº 10656 $360,00.-