BOLETÍN OFICIAL Nº 107 – 23/09/16

Dra. Marisa  E.  Rondon, Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 3-Secretaria N° 5, de la Provincia de Jujuy, en el Expte. N° C-004562/13, Caratulado: “Ejecutivo Carsa S.A. c/ Méndez Martín Cesar”, hace saber al Sr. Méndez Martín Cesar, el siguiente Decreto que a continuación se transcribe: San Salvador de Jujuy 05 de Junio de 2013 1- Por presentado el Dr. Martín Meyer como apoderado de CARSA S.A. atento copia de poder juramentado que rola agregada en autos y por constituido domicilio legal y por parte. II de conformidad a lo previsto por los Artículos 472, 478 y 480 del CPC, requiérasele de pago, ejecucion y embargo al demandado Sr Méndez Martín Cesar en el domicilio denunciado, ($1.965,57) que se reclama en concepto de capital, con mas la suma de ($589,67), presupuestada para responder a accesorias legales y costas del presente juicio. En defecto de pago, trábese Embargo sobre los bienes de su propiedad, hasta cubrir ambas cantidades, debiéndose designar depositario judicial de los mismos, a la propia parte afectada y en caso de negativa a persona de responsabilidad y arraigo con las prevenciones y formalidades de ley. Requiérasele la manifestación sobre si los bienes embargados registran prendas o algún gravamen y en su caso exprese monto, nombre y domicilio de o los acreedores. En el mismo acto, cítese de Remate a la parte demandada para que oponga excepciones legitimas, dentro del plazo de cinco dias, en este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial, bajo apercibimiento de mandar llevar adelante la ejecución. III Córrase traslado a la parte demandada del pedido de intereses, con las copias respectivas y por el mismo termino antes indicado, bajo apercibimiento de lo que por derecho hubiere lugar. IV Por el mismo termino, se intimara para que se constituya domicilio legal dentro del radio de tres kms del asiento de este Juzgado bajo apercibimiento de seguirse el juicio en rebeldía y notificárselo en lo sucesivo por Ministerio de Ley (art. 52 del C.P.C). V- Para el cumplimiento de lo ordenado, comisiónese al Sr. Oficial de Justicia con las facultades inherentes al caso VI- Notifíquese art. 154 del C.P.C- Fdo. Dra. Marisa E. Rondon-Juez-Ante Mi Secretaria Marta Josefina Berraz de Osuna- Notifíquese a la demandada por edictos que se publicaran en un diario local y en el Boletín Oficial por el termino de tres veces en cinco días.- Secretaria: Dra. María Laura López Pfister.- San Salvador de Jujuy, 24 de Mayo de 2016.-

 

21/23/26 SEPT. LIQ. Nº 123646 $270,00.-