BOLETÍN OFICIAL Nº 54 – 19/05/14

Icon_PDF_6LEGISLATURA DE JUJUY

LA LEGISLATURA DE JUJUY SANCIONA CON FUERZA DE

LEY Nº 5820

ARTICULO 1.- Apruébase el Convenio de Cooperación celebrado entre la Administración Nacional de Seguridad Social (A.N.S.E.S.) UDAI JUJUY y el Gobierno de la Provincia de Jujuy, en el Marco del Programa de Respaldo a Estudiantes de Argentina (PROG.R.ES.AR).

ARTICULO 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial

SALA DE SESIONES, SAN SALVADOR DE JUJUY, 07 de Mayo de 2014.-

Dr. Jorge Oscar Rodríguez

Secretario Parlamentario

 

Dr. Guillermo Raúl Jenefes

Presidente

Legislatura de Jujuy

 

 

EXPTE. Nº 200-127/2014.-

CORRESP. A LEY Nº 5820.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 15 MAY. 2.014.-

Téngase por LEY de la Provincia, cúmplase, comuníquese, publíquese íntegramente, dése al Registro y Boletín Oficial, tome razón Fiscalía de Estado, pase al Tribunal de Cuentas, Contaduría de la Provincia, Jefatura de Gabinete de Ministros, Ministerio de Gobierno y Justicia, Ministerio de Salud, Ministerio de Desarrollo Social, Ministerio de Educación y Secretaria General de la Gobernación para su conocimiento, oportunamente, ARCHÍVESE.-

 

DR EDUARDO ALFREDO FELLNER

GOBERNADOR