BOLETÍN OFICIAL Nº 55 – 21/05/14

Icon_PDF_6DECRETO Nº 4030-VOT.-

EXPTE. Nº 615-097/2001 y Agdos. Nº 761-60504/00; Nº 615-594/95 y Nº 615-1119/92.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 03 DIC. 2013.-

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1º.- Déjese sin efecto el Decreto Nº 4109-E-1992.-

ARTICULO 2º.Ratificase la Resolución Nº 575-IVUJ-95 dictada en este expediente por el Instituto de Vivienda y Urbanismo de Jujuy, mediante la cual se dispone dejar sin efecto el otorgamiento con carácter de concesión precaria administrativa de uso por Resolución Nº 721-IVUJ-92 al Instituto de Seguros de Jujuy, de la vivienda individualizada como Lote 14 Manzana 518 Casa Nº 1398 del Programa 128 Viviendas del Bº Alto Comedero, por los motivos expresados en el exordio.-

ARTICULO 3º.- El Instituto de Seguros de Jujuy deberá entregar la vivienda libre de muebles y ocupantes y las llaves correspondientes cuando el Instituto de Vivienda y Urbanismo de Jujuy lo requiera.-

 

EDUARDO ALFREDO FELLNER

GOBERNADOR