LEY N° 4168

LA LEGISLATURA DE JUJUY SANCIONA CON FUERZA DE

 

LEY N° 4168

DESAFECTACION DEL DOMINIO PUBLICO DE TERRENOS UBICADOS EN SAN PABLO DE REYES

ARTICULO 1º.- Desaféctese del dominio público del Estado el lote Nº 663, ubicado en San Pablo de Reyes, Distrito Reyes, Departamento Capital, que surgiera por Plano de Loteo aprobado por Decreto Nº 1407-H-64.

ARTICULO 2º.- Destínase el inmueble desafectado, de conformidad al artículo anterior, a ser loteado y adjudicado en propiedad a sus actuales ocupantes y a pobladores de la zona de San Pablo de Reyes, con el objeto de facilitarles el acceso a una vivienda propia.

ARTICULO 3º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.-

SALA DE SESIONES, SAN SALVADOR DE JUJUY, 22 de agosto de 1985.-

 

HUGO ALFREDO BELTRAMO

Secretario General Parlamentario

  1. LEGISLATURA DE LA PROVINCIA

 

FAUSTO GERMAN NAVARRO

Vice Presidente 1º

  1. LEGISLATURA DE LA PROVINCIA

 

Sancionada 22/08/1985

Publicado en BO Nº 133 de fecha 18/11/1985