LEY Nº 1382

LA H. LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY Nº 1382
ARTICULO 1.- Autorizase al Poder Ejecutivo a invertir hasta la suma de
CIENTO VEINTE MIL PESOS MONEDA NACIONAL ($120.000.- m/n.) en la
ampliación de la Hostería de las Termas de Reyes.
ARTICULO 2.- Para la prosecución de esta obra, destinase la suma de
CIENTO VEINTE MIL PESOS MONEDA NACIONAL ($100.000.- m/n.) con
imputación a la Partida 2, Ítem I, Inciso Único, Anexo F, de la Ley N°
1323, a cuyo efecto se deroga en la cantidad expresada, la leyenda del
presupuesto que corresponde a dicha partida.
ARTICULO 3.- Comuníquese, etc.-
SALA DE SESIONES, Jujuy, Agosto 9 de 1.938.-
Secretario Presidente