LEY Nº 1350

LA H. LEGISLATURA DE LA PROVINCIA, SANCIONA CON FUERZA DE
LEY Nº 1350
ARTICULO 1.- Autorízase al Poder Ejecutivo de la Provincia a
contribuir a los gastos que originarán las giras de estudios a
realizarse en el mes de Julio del corriente año por los alumnos del
último curso de la Escuela Normal Mixta “Juan Ignacio Gorriti” y
Colegio Nacional “Teodoro Sanchez de Bustamante”, con la suma de
setecientos pesos moneda nacional, a cada uno de los establecimientos
mencionados.
ARTICULO 2.- El gasto de “un mil cuatrocientos pesos moneda nacional”
($1.400,00 m/n.), que importará el cumplimiento de esta Ley se
imputará a la “Cuenta Superávit Efectivo del Ejercicio 1937”.
ARTICULO 3.- Comuníquese, etc.-
SALA DE SESIONES, Jujuy, 4 de Julio 1.938.-
R. ARISMENDI L. M. OLIVER
Secretario Presidente