LEY Nº 1348

LA H. LEGISLATURA DE LA PROVINCIA, SANCIONA CON FUERZA DE
LEY Nº 1348
ARTICULO 1.- Autorízase al Poder Ejecutivo de la Provincia a invertir
hasta la suma de DOS MIL TRESCIENTOS PESOS MONEDA NACIONAL ($2.300
m/n.), en la construcción del muro del edificio de la cárcel de
Mujeres –Asilo del Buen Pastor- sobre la calle San Martín, de acuerdo
al plano aceptado por la Dirección De Obras Públicas de la Provincia.
ARTICULO 2.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente Ley,
se imputará a la “Cuenta Superávit Efectivo 1937”.
ARTICULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo, etc.-
SALA DE SESIONES, Jujuy, 4 de Julio 1.938.-
R. ARISMENDI L. M. OLIVER
Secretario Presidente