LEY Nº 1339

LA H. LEGISLATURA DE LA PROVINCIA, SANCIONA CON FUERZA DE
LEY Nº 1339
ARTICULO 1.- Autorízase al Poder Ejecutivo a invertir la suma de
DIECISEIS MIL PESOS MONEDA NACIONAL ($16.000.- m/n.) en pago de los
honorarios regulados por la Corte Suprema de Justicia de la Nación al
señor Luis María Bullrich y Doctores Jaime Malamud, Daniel Ovejero y
Enrique Patrón Costas, como apoderados y letrados patrocinantes de la
Provincia de Jujuy, en el juicio seguido contra ésta por Zambrano y
Compañía, Sociedad Minera, sobre interdicto de recobrar la posesión
(Expediente Letra Z-Nº10-Año 1938).
ARTICULO 2.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente se
imputará a la “Cuenta Superávit del Ejercicio 1937”.
ARTICULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo, etc.-
SALA DE SESIONES, Jujuy, Junio 06 de 1.938.-
R. ARISMENDI EMILIO SILVETTI
Secretario Vice Presidente