LEY Nº 1328

LA H. LEGISLATURA DE LA PROVINCIA, SANCIONA CON FUERZA DE
LEY Nº 1328
ARTICULO 1.- Destínase la cantidad de DIEZ MIL SETECIENTOS SETENTA Y
UNO PESOS CON CINCO CENTAVOS MONEDA NACIONAL, ($10.771,05 m/n.) para
el pago de saldo de la cuenta Manutención Presos, correspondiente el
ejercicio 1937.
ARTICULO 2.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente se
imputará al sobrante del Anexo H. Inciso Único-Partida 1º del
Presupuesto 1937.
ARTICULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
SALA DE SESIONES, Jujuy, Enero 27 de 1.938.-
RAMON UOTON ADRIAN M. LARRAN
Secretario Presidente