LEY Nº 1324

LA H. LEGISLATURA DE LA PROVINCIA, SANCIONA CON FUERZA DE
LEY Nº 1324
ARTICULO 1º.- Autorízase al Poder Ejecutivo a ceder gratuitamente al
Gobierno Nacional la fracción necesaria de terreno con destino a la
construcción e instalación de un Hospital Regional.
ARTICULO 2º.- La fracción de referencia se ubicará en los terrenos
fiscales anexos a la Cárcel Penitenciaria de Villa Gorriti o en los
sobrantes del adquirido por Ley Nº 1077, según lo aconsejen las
necesidades o conveniencias de la obra a realizarse.
ARTICULO 3.- En caso de que el terreno a cederse afecte lo ya donado
al Hospital San Roque en Villa Gorriti, autorízase al Poder Ejecutivo
a efectuar la cesión con anuencia de dicho establecimiento.
ARTICULO 4.- Comuníquese, etc.
SALA DE SESIONES, Jujuy, 26 Enero de 1.938.-