LEY Nº 1319

LA H. LEGISLATURA DE LA PROVINCIA, SANCIONA CON FUERZA DE
LEY Nº 1319
ARTICULO 1º.- Autorízase al Poder Ejecutivo a entregar a la Acción
Católica Argentina de San Pedro de Jujuy –Sección Señoras y Señoritasla
suma de UN MIL QUINIENTOS PESOS MONEDA NACIONAL ($1.500.- m/n.)
como contribución de la Provincia a los gastos que ocasione el envió
de un grupo de niños débiles a la Quebrada de Humahuaca y que se
propone realizar dicha Asociación.
ARTICULO 2º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente Ley
se imputará al Anexo H, Inciso Único, Ítem Único, Partida 1.
ARTICULO 3.- Comuníquese, etc.
SALA DE SESIONES, Jujuy, Diciembre 30 de 1.937.-
J. VERA SANCHEZ L. M. OLIVER
Pro-Secretario Presidente