LEY Nº 1307

LA H. LEGISLATURA DE LA PROVINCIA, SANCIONA CON FUERZA DE
LEY Nº 1307
ARTICULO 1º.- Modificase la Partida 3º, Ítem III, Inciso 5º, Anexo B,
del Presupuesto vigente (Ley Nº 1265) en la siguiente forma: “Para
reparación y alquileres de casas para escuelas” $ 16.000.
ARTICULO 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo, etc.
SALA DE SESIONES, Jujuy, Agosto 19 de 1.937.-
J. VERA SANCHEZ L. M. OLIVER
Pro-Secretario Presidente