LEY Nº 4150

LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA CON FUERZA DE

 

LEY Nº 4150

DESAFECTACION DE DOMINIO PUBLICO DE TIERRAS UBICADAS

EN SAN PEDRO DE JUJUY

ARTICULO 1ro.- Desaféctase del Dominio Público del Estado Provincial, con el objeto de verificar un reparcelamiento de las fracciones existentes – en donde sus ocupantes levantaron sus viviendas -, el lote Nro. 565 ubicado en el Barrio Las Maderas de la Ciudad de San Pedro de Jujuy, con una superficie de 10.981,66 m². conforme al Plano de Mensura aprobado mediante Resolución de la Dirección General de Inmuebles Nro. 103 del 20/9/83.-

 

ARTICULO 2do.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.-

 

SALA DE SESIONES, SAN SALVADOR DE JUJUY, 26 de marzo de 1985.-

 

  1. HUGO ALFREDO BELTRAMO

SECRETARIO GENERAL PARLAMENTARIO

  1. LEGISLATURA DE LA PROVINCIA

 

Dr. ROBERTO RUBEN DOMINGUEZ

VICE-PRESIDENTE 1º

  1. LEGISLATURA DE LA PROVINCIA

 

 

 

 

Sancionada 26/03/1985

Publicado en BO Nº 86 de fecha 29/06/1985