LEY Nº 4150
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY Nº 4150
DESAFECTACION DE DOMINIO PUBLICO DE TIERRAS UBICADAS
EN SAN PEDRO DE JUJUY
ARTICULO 1ro.- Desaféctase del Dominio Público del Estado Provincial, con el objeto de verificar un reparcelamiento de las fracciones existentes – en donde sus ocupantes levantaron sus viviendas -, el lote Nro. 565 ubicado en el Barrio Las Maderas de la Ciudad de San Pedro de Jujuy, con una superficie de 10.981,66 m². conforme al Plano de Mensura aprobado mediante Resolución de la Dirección General de Inmuebles Nro. 103 del 20/9/83.-
ARTICULO 2do.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.-
SALA DE SESIONES, SAN SALVADOR DE JUJUY, 26 de marzo de 1985.-
- HUGO ALFREDO BELTRAMO
SECRETARIO GENERAL PARLAMENTARIO
- LEGISLATURA DE LA PROVINCIA
Dr. ROBERTO RUBEN DOMINGUEZ
VICE-PRESIDENTE 1º
- LEGISLATURA DE LA PROVINCIA
Sancionada 26/03/1985
Publicado en BO Nº 86 de fecha 29/06/1985