LEY N° 4145

LA LEGISLATURA DE JUJUY SANCIONA CON FUERZA DE

 

LEY N° 4145

ARTICULO 1°.- Desaféctase del dominio público, el inmueble individualizado como Lote N° 655, ubicado al Norte y Oeste de la zona A del Plano de Loteo aprobado por Decreto N° 1.407-H-1964, con forma de polígono abierto comprendido entre los puntos de mensura N° 22 al N° 51, que limita al Norte con el Arroyo Coyamayo; al Este, con Ruta Nacional N°9, calle sin nombre y Zona A; al Oeste, con remanente del lote 20, y al Sud con calles sin nombres ; con una superficie estimada de 7 has. 4.133 m2 cuyos títulos obran inscriptos al Libro IV, folio 447, Asiento 948; Libro 6 bis, folio 367, asiento 362 ; y libro 5 bis, folio 49, asiento 49/50.

ARTICULO 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.-

SALA DE SESIONES, SAN SALVADOR DE JUJUY, 19 de marzo de 1985.-

HUGO ALFREDO BELTRAMO

Secretario Gral. Parlamentario

  1. Legislatura de la Pcia.

ROBERTO JOSE HANSEN

Vice-Presidente 2°

  1. Legislatura de la Pcia.

Sancionada 19/03/1985

Publicado en BO Nº 34 de fecha 22/03/1985