BOLETÍN OFICIAL Nº 59 – 30/05/14
EXPTE. Nº 0500-171/2014.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 09 ABR. 2014.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
EN ACUERDO GENERAL DE MINISTROS
ARTÍCULO 1º.- Otórgase, a partir del 1º de marzo de 2014, a favor del Jefe y Sub Jefe de la Policía de la Provincia, Director y Sub Director de la Dirección General del Servicio Penitenciario, como parte integrante de la política salarial del presente ejercicio la medida que surge del Anexo que integra el presente y con el alcance que se expresa en el exordio
ARTÍCULO 2º.–Como consecuencia de lo dispuesto en el artículo primero, fíjase la nueva Escala para las Autoridades Superiores de las Fuerzas de Seguridad en los montos y conceptos consignados en el Anexo.-
ARTICULO 3º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto-Acuerdo, se atenderá con la partida de Gastos en Personal que al efecto prevé el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos vigente en la Provincia.-
ARTICULO 4º.– Déjase establecido, a los fines de la liquidación del haber de retiro, que los incrementos que se reconocen a favor del Jefe y Sub Jefe de la Policía de la Provincia, Director y Sub Director de la Dirección General del Servicio Penitenciario, serán de aplicación a los efectos de la movilidad del haber de retiro y pensión derivados de los mismos, debiéndose a tal efecto observar lo previsto en el Artículo 26 de la Ley Nº 3.759.-
ARTÍCULO 5º.- Encomiéndanse a la Unidad de Control Previsional las gestiones que, en materia previsional, fueran menester realizar ante los Organismos competentes, provinciales y nacionales, para el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto-Acuerdo y para toda cuestión relacionada a la materia.-
ARTICULO 6º.– Facúltase al Ministerio de Hacienda a emitir las disposiciones interpretativas y reglamentarias y establecer las medidas que sean necesarias para la implementación de lo establecido en el presente.-
EDUARDO ALFREDO FELLNER
GOBERNADOR