BOLETÍN OFICIAL Nº 122 – 31/10/16

Dra. Alejandra María Luz Caballero – Pte. de trámite, en la Vocalía Nº 8, de la Sala IIIra. de la Cámara en lo Civil y Comercial de la Pcia. de Jujuy, en el Expte. Nº C-056790/2015, caratulado: “Cobro de Sumas de dinero: S.A.D.A.I.C. c/Mejia Uriona Ernesto Cesar”, procede a notificar al Sr. Ernesto Cesar Mejia Uriona, las siguientes providencias: San Salvador de Jujuy, 13 de septiembre del 2016. 1. Atento lo informado por Secretaría, al pedido de la actora a fs. 130, ha lugar. En su mérito, hácese efectivo el apercibimiento ordenado a fs. 101 de autos y en consecuencia, téngase por contestada la demanda por el Sr. Ernesto Cesar Mejías Uriona en los términos del art. 298 del C.P.C.- Notifíqueselo de éste proveído por edictos y de los sucesivos por Ministerio de la Ley (art. 52 del C.P.C.). Desígnase al Sr. Defensor Oficial de Pobres y Ausentes en su representación, intimándolo para que en el término de cinco días de su notificación, tome participación en los presentes autos, bajo apercibimiento de continuar los mismos según su estado.-  2. Notifíquese (art. 155 del C.P.C.).-  Fdo. Dra. Alejandra M. L. Caballero-Pte. de trámite, ante mí Dra. Liliana E. Chorolque-Secretaria.-S. S. de Jujuy, 20 de Octubre de 2016.-

 

28/31 OCT. 02 NOV. LIQ. Nº 124296 $270,00.-