LEY Nº 1253

LA H. LEGISLATURA DE LA PROVINCIA, SANCIONA CON FUERZA DE

LEY Nº 1253
ARTICULO 1.- Restitúyase al Hospital de esta ciudad el nombre de San
Roque.
ARTICULO 2.- La Comisión Administradora tomará las medidas que
considere necesarias, para rendir un homenaje al fundador del mismo;
Canónigo Escolástico Zegada y a sus benefactores, señor Pablo Soria y
Dr. Antonio Baldi.
ARTICULO 3.- Derógase la Ley Nº 720.
ARTICULO 4.- Comuníquese, etc.-
SALA DE SESIONES, San Salvador de Jujuy, 29 de Agosto de 1936.-
JUSTO J. FRIAS (H)
Secretario
J. M. SILVESTER
Presidente