BOLETÍN OFICIAL Nº 62 – 06/06/14

Icon_PDF_6DECRETO Nº 3662-S.-

EXPTE. Nº 715-1140/05.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 8 OCT. 2013.-

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1º.Téngase por asignada a favor de la Bioquímica María Graciela Valdez, CUIL 27-13550492-6, categoría B (j-2), agrupamiento profesional, Ley Nº 4418, de la U. de O.: R2-02-03 Hospital de Niños “Dr. Héctor Quintana”, la función de Jefa del Servicio de Laboratorio por el período comprendido entre el 3 de diciembre de 2004 y el 15 de julio de 2008 y consecuentemente reconócese el pago del adicional por función jerárquica durante dicho lapso.

ARTICULO 2º.Asignase a favor del Bioquímico Marcelo Gustavo Toffoli, CUIL 23-13889349-9, categoría C (j-2), agrupamiento profesional, Ley Nº 4418, de la U. de O.: R2-02-03 Hospital de Niños “Dr. Héctor Quintana”, la función de Jefe del Servicio de Laboratorio y consecuentemente reconócese el pago del adicional por función jerárquica, con retroactividad al 16 de julio de 2008 y hasta la aprobación de la estructura orgánica-funcional del Hospital en el cual cumple servicios y la conclusión del trámite de designación-previo concurso-en dicha mayor función, de conformidad a lo normado en la Ley Nº 5682 y Decreto-Acuerdo Nº 9573, que no podrá exceder el mes de julio del año 2014.-

ARTICULO 3º.El reconocimiento y asignación en la función jerárquica dispuesta en los artículos precedentes, revisten carácter excepcional y transitoria, que caducará inmediatamente en la fecha indicada, prohibiéndose el reconocimiento y pago de esa mayor función en contravención a los términos de la Ley Nº 5682 y Decreto-Acuerdo Nº 9573.-

ARTICULO 4º.- Instruyese a la Secretaría de Planificación en Políticas y Regulación Sanitaria, para que diligencie los trámites administrativos de aprobación de las estructuras orgánica-funcional conducentes al cumplimiento de lo determinado por el artículo 2º, debiendo elevar-previo visado por la Dirección Provincial de Personal y Presupuesto-, el proyecto definitivo a la Jefatura de Gabinete de Ministros, hasta el 20 de diciembre del año 2013. Asimismo asignase a dicha Secretaría la función de auditar y verificar el cumplimiento efectivo de la función jerárquica por el profesional asignado por el presente, debiendo elevar los informes respectivos al Ministro de Salud, a fin de llevar a cabo los procedimientos pertinentes.-

ARTICULO 5º.A los efectos de la liquidación y pago retroactivo del incremento del “Adicional por Función Jerárquica”, deberán computarse los importes ya percibidos por los profesionales individualizados en los artículos 1º y 2º, debiendo el área de personal respectiva comunicar inmediatamente tal situación a Contaduría de la Provincia.-

 

EDUARDO ALFREDO FELLNER

GOBERNADOR