LEY Nº 1197

LA H. LEGISLATURA DE LA PROVINCIA, SANCIONA LA SIGUIENTE:

LEY Nº 1197
ARTICULO 1.- Apruébase los siguientes Acuerdos de Ministros:
Nº 18.- Exp. Nº 57-H-1934 y agregados: Inversión para el campo de
ubicación de los tanques de alcohol en la Bodega de Estación
Perico……………………………………………..$1.011,03.
Nº 29.- Exp. Nº 529-C-1934 Para adquisición de semilla de
maíz……………………………………………….$ 3.000,00.
Nº 46.- Exp. Nº 139-G-1935 Para separación local ocupado por la
Sociedad Sarmiento de San Pedro de Jujuy……………….$ 1.000,00.
Nº 47.- Exp. Nº 282-G-1935 Créditos extraordinarios para abonar gastos
pendientes de 1934………………………………….$ 14.965,77.
Nº 44.- Exp. Nº 265-G-1935 Nombramientos de personal para la
administración.
Nº 45.- Exp. Nº 83-V-1935 Nombramiento peón compartidor de aguas para
acequia llamada del Estado
Nº 31.- Exp. Nº 73-G-1934 Crédito extraordinario para cancelar deuda
de la Sociedad de Tito y Gimnasia y Esgrima de ésta
ciudad…………………………………………….$ 11.000,00.
Nº 35.- Exp. Nº 56-R-1935 Adquisición de un cuadro titulado “El Juez
Calapeña”………………………………………….$ 1.500,00.
ARTICULO 2.- Comuníquese al P. Ejecutivo, etc.-
SALA DE SESIONES, San Salvador de Jujuy, 24 de julio de 1935.-
D. SALMORAL
Secretario
A. VARGAS ORELLANA
Presidente