LEY Nº 1174
LA H. LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA CON FUERZA DE:
LEY Nº 1174
ARTICULO 1.- Concédase a Título definitivo a la Dirección Nacional de
Vialidad, y con destino a levantar un edificio para depósito garage, y
talleres de la 6° sección de esa Dirección en esta Provincia, el lote
de terreno fiscal ubicado en esta ciudad entre las calles Patricias
Argentinas, Avenida Centenario y General Arenales, con una superficie
total de “tres mil ochocientos sesenta y dos metros con ocho
centímetros cuadrados” sobre la calle General Arenales, 65.60 sobre la
calle Patricias Argentinas, 55.20; y sobre la Avenida Centenario,
66.30 Mts.
ARTICULO 2.- La cesión del terreno fiscal a que se refiere el Art.
Anterior, caducará si en el término de Dos Años de aceptada la
donación y elevada a escritura pública, no se hubieren realizado las
construcciones para las que fueron solicitadas.
ARTICULO 3.- Comuníquese, al P. Ejecutivo, etc.
SALA DE SESIONES, Jujuy, Febrero 14 de 1935.-
D. SALMORAL J. M. SILVESTER
Secretario Presidente