LEY Nº 2975
PODER EJECUTIVO DE LA PROVINCIA DE JUJUY
EXP. Nº 6363/1973.-
San Salvador de Jujuy, 27 de abril de 1973.-
VISTO:
La Ley Nº 20.310, las Políticas Nacionales números 2, 63, 64,
65, 127 y 129 aprobadas por Decreto Nº 46/1970 de la Junta de Comandantes
en Jefe, la autorización emergente del artículo 1º -apartado 4.3- del
Decreto Nº 717/1971 del Poder Ejecutivo de la Nación, y en uso de las
facultades legislativas que le confiere el artículo 9º del Estatuto de la
Revolución Argentina,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE
LEY Nº 2975/1973
ARTÍCULO 1º.- La Provincia de Jujuy adhiere a la Ley Nº 23.310 de fecha
26 de abril de 1973, de creación del CONSEJO FEDERAL AGROPECUARIO con
carácter de Asesor y Consultor del PODER EJECUTIVO NACIONAL y de los
GOBIERNOS DE PROVINCIAS en los asuntos concernientes al sector
agropecuario.
ARTÍCULO 2º.- Comuníquese, publíquese –en forma integral-, dése al
Registro y Boletín Oficial, tomen razón Tribunal de Cuentas, Contaduría
General y archívese.
CARLOS JOSÉ SPÁRVOLI
Ministro de Hacienda
MANUEL PÉREZ
Gobernador