LEY Nº 2972
PODER EJECUTIVO DE LA PROVINCIA DE JUJUY
EXP. Nº 6443/1973.-
San Salvador de Jujuy, abril 26 de 1973.-
VISTO:
La autorización concedida por Decreto Nº 2482/1973 del Poder
Ejecutivo de la Nación, las Políticas Nacionales Nº 11 y 126 aprobadas
por Decreto Nº 46/70 de la Junta de Comandantes en Jefe, y en uso de las
facultades legislativas que le confiere el Artículo 9º del Estatuto de la
Revolución Argentina,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE
LEY Nº 2972/1973
ARTÍCULO 1º.- Adecuase el nomenclador de cargos administrativos
existentes en el Poder Judicial al establecido en el “Anexo I” del
Decreto Nacional Nº 2982/1972 a regir desde el 1º de mayo de 1973,
convirtiéndose los cargos que se enumeran en primer término, a
continuación, en aquellos que se aluden en segundo término:
Nº DE
CARGOS
CARGOS Nº DE
CARGOS
CARGO
1
1
1
1
3
1
2
1
1
23
3
15
11
3
19
19
17
10
6
1
1
3
2
1
23
3
4
1
PERSONAL JERARQUICO
Inspector de Juzgado de Paz
Jefe de Archivo
Encargado de Contaduría
Secretario de Defensoría
Prosecretario
Oficial de Justicia
Suboficial de Justicia
Médico
Jefe de Biblioteca y Boletín Oficial
PERSONAL TÉCNICO Y ADMINISTRATIVO
Escribano Mayor
Ayudante Oficial de Justicia de 1º
Oficial Escribiente
Oficial Escribiente
Ayudante Oficial de Justicia de 2º
Escribiente
Escribiente
Escribiente Menor
Escribiente Menor
Escribiente Menor
PERSONAL DE SERVICIO
Intendente de Palacio
Mayordomo
Chofer
Telefonista
Encargado Departamento Secuestro
Ordenanza de 1º
Ordenanza de 2º
Ascensorista
Sereno
1
1
1
1
3
1
2
1
1
23
3
15
11
3
19
19
17
10
6
1
1
3
2
1
23
3
4
1
Jefe de División
Jefe de División
Jefe de División
Jefe de División
Jefe de División
Oficial Superior de 1º
Oficial Superior de 2º
Oficial Superior de 2º
Oficial Superior de 2º
Jefe de Despacho
Jefe de Despacho
Oficial Mayor
Oficial Principal
Oficial Principal
Oficial
Oficial Auxiliar
Escribiente Mayor
Escribiente
Auxiliar
Auxiliar Superior
Auxiliar Mayor
Auxiliar Principal Técnico
Auxiliar Técnico
Auxiliar Técnico
Auxiliar de 1º.
Auxiliar de 2º
Auxiliar Ayudante
Auxiliar Ayudante
1
1
1
1
5
1
PERSONAL DE MAESTRANZA
Electricista
Carpintero
Plomero
Encargado de Impresión
Peón de Limpieza
Jardinero
1
1
1
1
5
1
Auxiliar Principal Técnico
Auxiliar Principal Técnico
Auxiliar Principal Técnico
Auxiliar Técnico
Auxiliar Ayudante
Ayudante
ARTÍCULO 2º.- El Superior Tribunal de Justicia, procederá a encasillar el
personal de su dependencia, dentro del número nomenclador.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese íntegramente, dése al Registro y
Boletín Oficial, tomen razón Tribunal de Cuentas, Contaduría General y
archívese.-
CARLOS JOSÉ SPÁRVOLI
Ministro de Hacienda
MANUEL PÉREZ
Gobernador