BOLETÍN OFICIAL Nº 67 – 18/06/14
LA LEGISLATURA DE JUJUY SANCIONA CON FUERZA DE
LEY Nº 5821
ARTICULO 1º.- Apruébase el Memorándum de Entendimiento celebrado entre el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación, el Gobierno de la Provincia de Jujuy, la Unidad para el Cambio Rural, las Municipalidades de San Salvador de Jujuy, La Esperanza, La Mendieta y las Comisiones Municipales de Rodeito, Arrayanal y Rosario de Río Grande y el referendo del Comité de Gestión y Seguimiento para la recuperación Integral del Complejo La Esperanza.-
ARTICULO 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial.-
SALA DE SESIONES, SAN SALVADOR DE JUJUY, 07 de Mayo de 2014.-
Dr. Jorge Oscar Rodríguez
Secretario Parlamentario
Dr. Guillermo Raúl Jenefes
Presidente
Legislatura de Jujuy
PODER EJECUTIVO DE LA PROVINCIA DE JUJUY
EXPTE. Nº 200-128/2014.-
CORRESP. A LEY Nº 5821.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 15 MAY. 2.014.-
Téngase por LEY DE LA PROVINCIA, cúmplase, comuníquese, publíquese íntegramente, dése al Registro y Boletín Oficial, tome razón Fiscalía de Estado, pase al Tribunal de Cuentas, Contaduría de la Provincia, Jefatura de Gabinete de Ministros, Ministerio de Gobierno y Justicia, Ministerio de Hacienda, Ministerio de Producción y Secretaria General de la Gobernación para su conocimiento. Oportunamente, ARCHÍVESE.-
EDUARDO ALFREDO FELLNER
GOBERNADOR