LEY Nº 1154

LA H. LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA CON FUERZA DE:
LEY Nº 1154
ARTICULO 1.- Destínase la suma de UN MIL DOSCIENTOS PESOS MONEDA
NACIONAL, para costear los gastos de sepelio del ex-Diputado Señor
Gregorio Francisco Zelaya.
ARTICULO 2.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente se
hará de Rentas Generales con imputación a la presente.
ARTICULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo, etc.-
SALA DE SESIONES, Jujuy, Agosto 31 de 1934.-
D. SALMORAL J. M. SILVESTER
Secretario Presidente